Sony SRS-RA3000 Reference Guide - Page 41

Cualquier Disputa Que No Se Resuelve A TravÉs Del Proceso

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en cualquier otro momento. Dichas actualizaciones o modificaciones podrán eliminar o cambiar la naturaleza de las características u otros aspectos del SOFTWARE incluyendo, sin limitación alguna, las funciones que Ud. utilice habitualmente. Ud. reconoce y acepta que tales actividades podrán realizarse a elección exclusiva de SONY y que SONY podrá exigirle que instale o acepte totalmente tales actualizaciones o modificaciones para poder seguir utilizando el SOFTWARE. Cualquier actualización/modificación se considerará y constituirá parte integrante del SOFTWARE a los efectos del presente EULA. Al aceptar el presente EULA, Ud. presta su consentimiento para que se lleve a cabo dicha actualización/modificación. ACUERDO COMPLETO, RENUNCIA Y NULIDAD PARCIAL Este EULA junto con la política de privacidad de SONY, en la versión vigente de estos documentos en cada momento, constituyen el acuerdo completo entre Ud. y SONY con respecto al SOFTWARE. La omisión por parte de SONY en el ejercicio o exigencia de cualquier derecho o disposición de este EULA no constituirá una renuncia a dicho derecho o disposición. Si alguna disposición del presente EULA es declarada inválida o inaplicable, esa disposición se aplicará en la medida máxima de lo permitido por ley con el fin de mantener el espíritu de este EULA, y las disposiciones restantes permanecerán vigentes en todos sus términos. La Convención de las Naciones Unidas sobre Contratos para la Venta Internacional de Bienes no se aplicará al SOFTWARE ni a este EULA. Además, este EULA no se regirá ni interpretará de ninguna manera al referirse a ninguna ley basada en la Ley Uniforme de Transacciones de Información Computerizada (UCITA) o cualquier otro acto derivado o relacionado con UCITA. ARBITRAJE OBLIGATORIO CUALQUIER "DISPUTA" QUE NO SE RESUELVE A TRAVÉS DEL PROCESO DE NEGOCIACIÓN OFICIAL DESCRITO EN ESTE DOCUMENTO SERÁ RESUELTO EXCLUSIVAMENTE A TRAVÉS DE ARBITRAJE OBLIGATORIO. "DISPUTA" se define como cualquier desacuerdo, causa de acción, reclamo, controversia, o procedimiento entre Ud. y cualquier entidad de Sony relacionada o que surja del SOFTWARE o de este EULA. DISPUTA deberá tener el significado más amplio posible que se hará cumplir. Si surge una DISPUTA, Ud. Acepta en primer lugar notificar a SONY poniéndose en contacto con Sony Electronics Inc. en 16530 Via Esprillo, MZ 1105, San Diego, CA 92127, a la atención de: Departamento Legal, y entablar negociaciones de buena fe para intentar resolver cualquier DISPUTA durante por lo menos 14 días, excepto que Ud. o Sony (o cualquiera de sus afiliados) pueden omitir este procedimiento de negociación informal para la aplicación de la DISPUTA, la protección, o sobre la validez de los derechos de propiedad intelectual. INSTRUCCIONES DE ARBITRAJE Para iniciar el arbitraje, Ud. o SONY deben presentar una demanda por escrito al otro para el arbitraje. El arbitraje tendrá lugar ante un árbitro único. Se administrará de acuerdo con los Procedimientos Acelerados de las Reglas de Arbitraje Comercial y los Procedimientos Complementarios para Disputas Relacionadas con el Consumidor cuando sea aplicable ("Reglas") de la Asociación Americana de Arbitraje ("AAA") en vigor cuando se presente la reclamación. Ud. puede obtener una copia de las Reglas de la AAA poniéndose en contacto con la AAA llamando a (800) 778-7879 o visitando www.adr.org. Los honorarios de presentación para iniciar y llevar a cabo el arbitraje serán compartidos entre Ud. y SONY, pero en ningún caso su importe excederá la cantidad ES permitida por las reglas especiales para las disputas de consumidores prevista por AAA, momento en el que SONY cubrirá todos los honorarios y gastos administrativos adicionales. Esto no prohíbe que el árbitro entregue a la parte ganadora sus honorarios y gastos de arbitraje cuando sea apropiado según las Reglas. A menos que Ud. y SONY lo acuerden de otra manera, el arbitraje tendrá lugar en el condado y el estado donde Ud. viva, y la ley federal o estatal aplicable regirá la sustancia de cualquier DISPUTA. La Ley Federal de Arbitraje, 9 U.S.C. § 1, y siguientes, regirá el arbitraje en sí y no cualquier ley estatal sobre arbitraje. La decisión del árbitro será vinculante y definitiva, a excepción de un derecho limitado de apelación bajo la Ley Federal de Arbitraje. El 13ES

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en cualquier otro momento. Dichas actualizaciones o modificaciones
podrán eliminar o cambiar la naturaleza de las características u otros
aspectos del SOFTWARE incluyendo, sin limitación alguna, las funciones
que Ud. utilice habitualmente. Ud. reconoce y acepta que tales
actividades podrán realizarse a elección exclusiva de SONY y que SONY
podrá exigirle que instale o acepte totalmente tales actualizaciones o
modificaciones para poder seguir utilizando el SOFTWARE. Cualquier
actualización/modificación se considerará y constituirá parte integrante
del SOFTWARE a los efectos del presente EULA. Al aceptar el presente
EULA, Ud. presta su consentimiento para que se lleve a cabo dicha
actualización/modificación.
ACUERDO COMPLETO, RENUNCIA Y NULIDAD PARCIAL
Este EULA junto con la política de privacidad de SONY, en la versión
vigente de estos documentos en cada momento, constituyen el acuerdo
completo entre Ud. y SONY con respecto al SOFTWARE. La omisión
por parte de SONY en el ejercicio o exigencia de cualquier derecho o
disposición de este EULA no constituirá una renuncia a dicho derecho
o disposición. Si alguna disposición del presente EULA es declarada
inválida o inaplicable, esa disposición se aplicará en la medida máxima
de lo permitido por ley con el fin de mantener el espíritu de este
EULA, y las disposiciones restantes permanecerán vigentes en todos
sus términos. La Convención de las Naciones Unidas sobre Contratos
para la Venta Internacional de Bienes no se aplicará al SOFTWARE ni a
este EULA. Además, este EULA no se regirá ni interpretará de ninguna
manera al referirse a ninguna ley basada en la Ley Uniforme de
Transacciones de Información Computerizada (UCITA) o cualquier otro
acto derivado o relacionado con UCITA.
ARBITRAJE OBLIGATORIO
CUALQUIER “DISPUTA” QUE NO SE RESUELVE A TRAVÉS DEL PROCESO
DE NEGOCIACIÓN OFICIAL DESCRITO EN ESTE DOCUMENTO SERÁ
RESUELTO EXCLUSIVAMENTE A TRAVÉS DE ARBITRAJE OBLIGATORIO.
“DISPUTA” se define como cualquier desacuerdo, causa de acción,
reclamo, controversia, o procedimiento entre Ud. y cualquier entidad de
Sony relacionada o que surja del SOFTWARE o de este EULA. DISPUTA
deberá tener el significado más amplio posible que se hará cumplir.
Si surge una DISPUTA, Ud. Acepta en primer lugar
notificar a SONY
poniéndose en contacto con Sony Electronics Inc. en 16530 Via Esprillo,
MZ 1105, San Diego, CA 92127, a la atención de: Departamento Legal,
y entablar negociaciones de buena fe para intentar resolver cualquier
DISPUTA durante por lo menos 14 días, excepto que Ud. o Sony (o
cualquiera de sus afiliados) pueden omitir este procedimiento de
negociación informal para la aplicación de la DISPUTA, la protección, o
sobre la validez de los derechos de propiedad intelectual.
INSTRUCCIONES DE ARBITRAJE
Para iniciar el arbitraje, Ud. o SONY deben presentar una demanda
por escrito al otro para el arbitraje. El arbitraje tendrá lugar ante un
árbitro único. Se administrará de acuerdo con los Procedimientos
Acelerados de las Reglas de Arbitraje Comercial y los Procedimientos
Complementarios para Disputas Relacionadas con el Consumidor
cuando sea aplicable (“Reglas”) de la Asociación Americana de Arbitraje
(“AAA”) en vigor cuando se presente la reclamación. Ud. puede obtener
una copia de las Reglas de la AAA poniéndose en contacto con la AAA
llamando a (800) 778-7879 o visitando www.adr.org. Los honorarios de
presentación para iniciar y llevar a cabo el arbitraje serán compartidos
entre Ud. y SONY, pero en ningún caso su importe excederá la cantidad
permitida por las reglas especiales para las disputas de consumidores
prevista por AAA, momento en el que SONY cubrirá todos los honorarios
y gastos administrativos adicionales. Esto no prohíbe que el árbitro
entregue a la parte ganadora sus honorarios y gastos de arbitraje
cuando sea apropiado según las Reglas. A menos que Ud. y SONY lo
acuerden de otra manera, el arbitraje tendrá lugar en el condado y
el estado donde Ud. viva, y la ley federal o estatal aplicable regirá la
sustancia de cualquier DISPUTA. La Ley Federal de Arbitraje, 9 U.S.C. §
1, y siguientes, regirá el arbitraje en sí y no cualquier ley estatal sobre
arbitraje. La decisión del árbitro será vinculante y definitiva, a excepción
de un derecho limitado de apelación bajo la Ley Federal de Arbitraje. El