Lenovo J105 (Spanish) Quick reference guide - Page 60
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ASIA - ZONA DEL PACÍFICO AUSTRALIA Cobertura de esta Garantía: se añade el siguiente párrafo a esta sección: Las garantías especificadas en este apartado se añaden a los derechos que el Cliente pueda tener según la Trade Practices Act de 1974 u otra legislación similar, y sólo están limitadas en la medida en que lo permita la legislación aplicable. Limitación de Responsabilidad: se añade la información siguiente en esta sección: Cuando Lenovo infringe una condición o garantía implícita de la Trade Practices Act de 1974 u otra legislación similar, la responsabilidad de Lenovo se limita a la reparación o sustitución del material o el suministro de un material equivalente. Cuando dicha condición o garantía está relacionada con el derecho a vender, la posesión plena o derecho válido, o el material es de un tipo adquirido ordinariamente para uso o consumo personal, doméstico o familiar, no se aplica ninguna de las limitaciones de este párrafo. Jurisdicción aplicable: la información siguiente sustituye "leyes del país donde se adquirió la Máquina″ de la primera frase: leyes del Estado o Territorio. CAMBOYA Y LAOS Jurisdicción aplicable: la información siguiente sustituye "leyes del país donde se adquirió la Máquina" de la primera frase: leyes del Estado de Nueva York, Estados Unidos de América. CAMBOYA, INDONESIA Y LAOS Arbitraje: se añade la siguiente información debajo del título: Todas las disputas que surjan o estén relacionadas con esta Declaración de Garantía Limitada deberán resolverse mediante arbitraje en Singapur de acuerdo con las Normas de Arbitraje del Centro de Arbitraje Internacional de Singapur (″Normas SIAC″). La decisión de los árbitros será definitiva y vinculante para las partes sin apelación y la decisión de los árbitros se hará por escrito y esclarecerá los hechos y las conclusiones de la ley. El número de árbitros será tres, y ambas partes de la disputa tendrán autorización para designar un árbitro. Los dos árbitros designados por las partes podrán designar a un tercero que deberá actuar como moderador de los autos. El Presidente de la SIAC actuará como moderador si éste faltara. Los demás puestos vacantes los ocupará la parte designadora respectiva. Los autos continuarán desde el punto en que se produjo la vacante. Si una de las partes rechazara designar o no designara ningún árbitro en el plazo de 30 días a partir de la fecha en que la otra parte designe el suyo, el 42 Consulta rápida