Lenovo ThinkCentre M51e (Spanish) Quick reference guide - Page 60
legislación
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servicio de IBM repartidos por el mundo), y (c) garantizar que dicho proceso cumple con la legislación aplicable a dichos Datos Personales. Limitación de Responsabilidad IBM será responsable de la pérdida de, o daño a, la Máquina del Cliente sólo mientras ésta se encuentre 1) en posesión de IBM o 2) en tránsito en aquellos casos en que IBM sea responsable de los gastos de transporte. Ni IBM ni el distribuidor son responsables de la información confidencial, patentada o personal incluida en una Máquina que el Cliente devuelva a IBM por cualquier razón. El usuario debe eliminar dicha información de la Máquina antes de devolverla. Pueden presentarse circunstancias, en las que debido a un incumplimiento por parte de IBM, el Cliente tenga derecho a reclamar indemnizaciones. En cada caso, independientemente de la base sobre la que se reclamen daños a IBM (incluidos el incumplimiento básico, la negligencia, el falseamiento u otros daños legales o contractuales), IBM no es responsable más que de 1. daños por lesiones corporales (incluida la muerte) o daños físicos a bienes inmuebles y a la propiedad personal y material reales causados por negligencia de IBM; y 2. el importe de cualesquiera otros daños directos reales, hasta alcanzar los cargos (si son constantes, se aplican los cargos de 12 meses) de la Máquina que es objeto de la reclamación. En este punto, el término ″Máquina″ incluye el Código Máquina y el Código Interno bajo Licencia (″LIC″). Este límite se aplica también a los proveedores de IBM y al distribuidor. Constituye el máximo del que son responsables colectivamente IBM, sus proveedores y el distribuidor. BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA IBM, LOS PROVEEDORES O DISTRIBUIDORES DE IBM SERÁN RESPONSABLES DE LO SIGUIENTE, INCLUSO SI HUBIESEN SIDO ADVERTIDOS DE LA POSIBILIDAD DE QUE OCURRIESE: 1) RECLAMACIONES POR PÉRDIDAS O DAÑOS DE TERCERAS PARTES CONTRA EL CLIENTE, EXCEPTO AQUELLAS RELACIONADAS EN EL PUNTO 1) DESCRITO ANTERIORMENTE; 2) PÉRDIDA DE, O DAÑO A, DATOS; 3) DAÑOS INDIRECTOS, ESPECIALES O INCIDENTALES O CUALQUIER DAÑO DERIVADO ECONÓMICO; O 4) PÉRDIDA DE BENEFICIOS, NEGOCIO, INGRESOS, PLUSVALÍAS O ECONOMÍAS PREVISTAS POR EL CLIENTE. ALGUNAS JURISDICCIONES NO PERMITEN LA EXCLUSIÓN NI LIMITACIÓN DE LOS DAÑOS INCIDENTALES O DERIVADOS, POR LO QUE LA LIMITACIÓN O EXCLUSIÓN ANTERIOR PUEDE NO APLICARSE EN SU CASO. ALGUNOS ESTADOS O JURISDICCIONES NO PERMITEN LIMITACIONES SOBRE LA DURACIÓN DE UNA GARANTÍA IMPLÍCITA, POR LO QUE ES POSIBLE QUE LA EXCLUSIÓN ANTERIOR NO LE SEA APLICABLE. 44 Consulta rápida